Resoluciones, Sanciones|

Cde. Expte. 0561/96 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCION

Art. 1º: El D.E. a través de los organismos competentes, procederá a remitir en un plazo no mayor de 60 días, de recibida la presente, un listado de todas las Entidades de Bien Público del Partido de Hurlingham (Sociedades de Fomento; Clubes; Asociaciones de Discapacitados, Centros de Jubilados y Pensionados, etc.), conteniendo la siguiente información:

a) Si tiene reconocimiento Municipal y Personería Jurídica, como Entidad de Bien Público sin fines de lucro.

b) Si la situación institucional se encuentra actualizada.

c) Nómina de autoridades.

d) Situación dominial del predio que ocupa, catastral y deuda si la tuviera.

e) Nombre, domicilio, radio de acción y Barrio al que pertenece.

Art. 2º: Comuníquese al D.E.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintitrés días del mes de agosto de mil novecientos noventa y seis.

REGISTRADA BAJO EL Nº 0272/96 .

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