Cde. Expte. Nº 0748/96 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: El Departamento Ejecutivo, a través de los organismos competentes, procederá a informar en el término de 72 hs. si en la designación de empleados y auxiliares del Intendente Municipal se ha cumplimentado con lo normado en el artículo 179 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los treinta días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y seis.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0326/96.