Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 14603/10 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase al D.E. a suscribir un Convenio de Régimen de Tasa Reducida por Inspección de Seguridad e Higiene por los períodos bimestre 6/2010 a bimestre 5/2012 con la Empresa CALICO Logística Integral, conforme la solicitud obrante a fs. 2 y 3 del Expte. Nº 14603/10 H.C.D., (4133-10-0971 D.E.).

Art. 2º: La Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene se determinará aplicando la alícuota de 0,250 % sobre los ingresos correspondientes según la base de cálculo, con un mínimo de $ 7.500 (Pesos Siete Mil Quinientos) bimestral. De existir ingresos que superen este valor mínimo, se aplicará la alícuota convenida en la presente.

Art. 3º: El presente Convenio tendrá validez mientras se complemente en término el pago de las Tasas y Moratoria que corresponden

Art. 4º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil diez.

REGISTRADA BAJO EL N° 6563.

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