Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 15137/11 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase al D.E. a conceder registración de plano obrante a fs. 17, de acuerdo a lo solicitado a fs. 19 de las presentes actuaciones, a favor de los peticionantes, Sr. Miguel Miguel, L.E. 5.558.212 y Sra. Irma América Faienzo, D.N.I. 4.949.746, de la construcción civil sobre el predio ubicado en la calle Río Colorado Nº 2796 y Minoguye 1806/12 de la localidad de Hurlingham, Partido del mismo nombre, identificado catastralmente como: Circunscripción IV; Sección B; Manzana 176; Parcela 1.

Art. 2º: Lo dispuesto en el artículo primero se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 15137/11 H.C.D., (4133-11-1028 D.E.).

Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.

Art. 4°: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a los peticionantes de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 5°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintidós días del mes de julio de dos mil once.

REGISTRADA BAJO EL N° 7149.

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