Decretos, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 15585/12 H.C.D.

VISTO
Lo establecido en el Art. 12° Inc. “U”, del Reglamento Interno de este H. Cuerpo y, tomando como antecedente el Decreto N° 065/96 H.C.D., Y

CONSIDERANDO
La necesidad de girar todos aquellos expedientes que requieran informes y/o actualizaciones por parte del D.E., para una mayor agilización del trámite administrativo que llevará a que las Comisiones respectivas puedan expedirse rápidamente con relación al trámite solicitado,

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

DECRETO

Art. 1°: Facúltase a la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante a girar al D.E. todos los expedientes que requieran informes socioeconómico, institucional, de deuda y/o actualización de la misma, en las siguientes situaciones:

Cuando el expediente ingrese a este H.C.D. previo al tratamiento de las Comisiones Internas.
Cuando estando el expediente en la Comisión de origen necesite actualización de lo normado en el presente, a solicitud de la Comisión y/o de la Presidencia de la misma (Art. 43 R.I.) debiendo hacerlo como trámite interno.

Art. 2°: Regístrese, comuníquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil doce.

REGISTRADO BAJO EL N° 030/12.

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