Cde. Expte. Nº 15371/12 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorízase al D.E. a la renovación del régimen de Tasa reducida por Inspección de Seguridad e Higiene, otorgado por Ordenanza N° 6563, correspondiente al Legajo N° 301.346, correspondiente a la Empresa Calico Logística Integral desde el bimestre N° 6 del año 2012, hasta el bimestre N° 5 del año 2014.
Art. 2°: La Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene se determinará aplicando la alícuota de 0,250 % sobre los ingresos correspondientes según la base de cálculo, con un mínimo de $ 9.750 (Pesos Nueve Mil Setecientos Cincuenta) bimestral. De existir ingresos que superen ese valor mínimo, se aplicará la alícuota convenida en la presente.
Art. 3°: El presente convenio tendrá validez mientras se complemente en término el pago de la mencionada Tasa y no se registren deudas por dicho concepto.
Art. 4°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil doce.
REGISTRADA BAJO EL N° 7380.