Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 14123/09 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorizase al D.E. a conceder registración de plano obrante a fs. 14, de acuerdo a lo solicitado a fs. 17 vta. de las presentes actuaciones, a favor del peticionante, Sr. Mutsuo Uda y otra, C.I. 5.488.237, de la construcción civil sobre el predio ubicado en la calle M. de Alzaga 712/14/16 de la localidad de Villa Tesei, Partido de Hurlingham, identificado catastralmente como: Circunscripción IV; Sección J; Manzana 289a; Parcela 20.

Art. 2º: Lo dispuesto en el artículo primero se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 14123/09 H.C.D., (4133-09-1182 D.E.).

Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.

Art. 4°: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar al peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 5°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los ocho días del mes de junio de dos mil doce.

REGISTRADA BAJO EL N° 7415.

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