Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 15260/11 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial, a favor de la peticionante, Sra. Andrea Fabiana Freda, D.N.I. 21.915.442, para la explotación del rubro “Venta de Zooterápicos, Lavadero Canino, Peluquería Canina, Venta de Animales Pequeños, Aves, Peces, Venta de Alimentos para Mascotas” en el local sito en la calle Márquez de Avilés N° 1006/08 de la Localidad y Partido de Hurlingham, identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección B, Manzana 94, Parcela 1B.

Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 15260/11 H.C.D., (4133-10-0106 D.E.).

Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.

Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a la peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 5º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los doce días del mes de octubre de dos mil doce.

REGISTRADA BAJO EL N° 7573.

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