Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 15163/11 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Otórgase un plazo de 60 (sesenta) días a partir de la fecha de notificación de la promulgación de la presente Ordenanza, para dar cumplimiento al Art. 3° de la Ordenanza N° 7777, a fin de que los peticionantes Sr. Mario Rolando Rodríguez, D.N.I. 13.149.835 y Sr. Oscar Eduardo Flores, D.N.I. 18.295.175, regularicen su situación respecto a las presentes actuaciones, tomando los aranceles vigentes al día de pago.

Art. 2°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Ordinaria, a los once días del mes de abril de dos mil catorce.

REGISTRADA BAJO EL N° 7977.

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