Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 0321/96 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Prorrógase, por única vez, el plazo establecido en el Art. 3º de la Ordenanza Nº 0094 cuyo vencimiento operará el 31/07/97, término dentro del cual el peticionante deberá abonar los derechos correspondientes.

Art. 2º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de junio de mil novecientos noventa y siete.

REGISTRADA BAJO EL Nº 0276.

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