Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 1114/96 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Modifícase el Art. 1º de la Ordenanza Nº 206, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 1º: Asígnase sentido único de circulación a las calles incluidas en el Anexo 1, que pasa a formar parte integrante de la presente, conforme a las descripciones contenidas en el mismo, comenzando a regir a partir del 1º de Enero de 1998”.

Art. 2º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidos días del mes de agosto de mil novecientos noventa y siete.

REGISTRADA BAJO EL Nº 0351.

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