Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. N° 16840/17 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase al D.E. a suscribir un Convenio de Cooperación con el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, el cual tiene por objetivo atender las necesidades básicas de familias en situación de vulnerabilidad, priorizando la atención gratuita de niños/niñas a través del Programa UDI, cuyo modelo obra a fs. 2/3 de las presentes actuaciones.

Art. 2°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los nueve días del mes de noviembre de dos mil diecisiete.

REGISTRADA BAJO EL N° 8698.

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