Decretos, Sanciones|

Cde. Expte. N° 16921/18 H.C.D.

VISTO:

La cercanía a la fecha del 8 de marzo, en la cual se conmemora el Día Internacional de la Mujer, Y

CONSIDERANDO:

Como es de público conocimiento, que el día 8 de marzo tiene sus fundamentos en las luchas protagonizadas por las mujeres desde finales del siglo XIX en reclamo de sus legítimos derechos, en especial los movimientos de las sufragistas, que bregaban por el derecho al voto y las obreras que luchaban por conseguir mejores condiciones de trabajo,

El Día Internacional de la Mujer se refiere a las mujeres corrientes como artífices de la historia y hunde sus raíces en la lucha plurisecular de la mujer por participar en la sociedad en pie de igualdad con el hombre,

La conmemoración del Día Internacional de la Mujer, testimonia el papel de las mujeres como partícipes directas de sus propias reivindicaciones, quienes debieron ir rompiendo y luchando contra múltiples prejuicios, estereotipos y mitos que las colocaban en un lugar de inferioridad respecto a los hombres, alentando esquemas de dominación y opresión causantes de discriminación y violencia,

Los derechos de la mujer son derechos humanos. Sin embargo, en estos tiempos tan difíciles, a medida que nuestro mundo se vuelve, más imprevisible y caótico, los derechos de las mujeres y las niñas se ven increíblemente reducidos, limitados y en algunos casos revocados,

El empoderamiento de las mujeres es la única forma de proteger sus derechos y garantizar que puedan alcanzar todo su potencial,

La igualdad de género es un elemento central para el Desarrollo Sostenible, el cual debe convertirse en la clave central de los diversos estados,

Los desequilibrios históricos en las relaciones de poder entre el hombre y la mujer, agravados por el aumento de las desigualdades dentro de las sociedades y los países y entre ellos, están dando lugar a una mayor discriminación contra las mujeres y las niñas,

En todo el mundo, la tradición, los valores culturales y la religión se utilizan en muchos casos indebidamente para restringir los derechos de las mujeres, afianzar el sexismo y defender las prácticas misóginas,

Destacamos que la “protección y promoción de los derechos humanos de las mujeres” es una construcción social y política del siglo XX que debe ocupar un lugar central en la agenda de cada uno de los estados,

La adopción de instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos, debe convertirse en un instrumento eficaz para que las mujeres puedan oponerse a formas directas e indirectas de discriminación,

Las mujeres a través de sus luchas reivindicatorias, han abierto camino para que otros colectivos marginados en sus derechos pudieran mejorar sus reclamos, a la vez que han contribuido a aportar elementos para alcanzar la igualdad, el desarrollo y la paz en el mundo, pero mientras la violencia y la discriminación contra las mujeres continúe, difícilmente podremos afirmar que el objetivo se ha cumplido,

En el Día Internacional de la Mujer, debemos comprometernos a hacer todo lo posible para superar los prejuicios arraigados, apoyar la participación y el activismo y promover la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer,

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

DECRETO

Art. 1°: El Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham expresa su adhesión a la Conmemoración del Día Internacional de la Mujer, que se celebra el 8 de Marzo de cada año en todo el mundo, en homenaje a la lucha, reclamo y perseverancia que han llevado adelante las mujeres en pos del ejercicio pleno de sus derechos.

Art. 2º: A través de la Presidencia del Cuerpo remítase copia del presente Decreto a la Honorable Cámara de Diputados y Senadores de la Provincia de Buenos Aires, como así también a los diversos Concejos Deliberante de la Provincia a fin de invitarlos a adherir a los términos del mismo.

Art. 3°: Regístrese, comuníquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiséis días del mes de abril de dos mil dieciocho.

REGISTRADA BAJO EL N° 007/18.

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