Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. N° 16988/18 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Convalidase el Convenio de Cooperación Institucional, Celebrado entre la Municipalidad de Hurlingham y el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires Filial Morón, Hurlingham e Ituzaingó, conforme documentación obrante en el Expte. N° 16988/18 H.C.D., (4133-18-1660 D.E.)

Art. 2°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiocho días del mes de junio de dos mil dieciocho.

REGISTRADA BAJO EL N° 8787.

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