Resoluciones, Sanciones|

Cde. Expte. N° 17047/18 H.C.D.

VISTO:
Que el sábado 22 y el domingo 23 de septiembre se llevará a cabo en nuestro distrito el Primer Encuentro de Cultura Comunitaria del Conurbano Oeste, una iniciativa de la sociedad civil motorizada por organizaciones culturales autogestivas de Hurlingham, Morón, Moreno, Merlo, San Miguel y otros distritos del oeste del conurbano bonaerense. Y

CONSIDERANDO:

Que la Declaración Universal de los Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; su protocolo adicional en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador); el Convenio de la OIT; la Declaración sobre la diversidad cultural y la Declaración de la ONU sobre Pueblos Indígenas; la Convención sobre los Derechos del Niño; la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de UNESCO y la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural reconocen “la participación en la vida cultural y artística de la comunidad como derechos fundamentales de todas las personas”.
Que en particular el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (UNESCO) afirma que los derechos culturales son parte integrante de los derechos humanos y que su promoción y respeto son esenciales para mantener la dignidad humana y para la interacción social positiva de individuos y comunidades, en un mundo caracterizado cada vez más por la diversidad y la pluralidad cultural.
Que las organizaciones de cultura comunitaria son en este sentido el espacio primario que se ha dado la propia comunidad para la realización de esos derechos culturales consagrados por convenios y pactos internacionales incorporados a nuestra constitución.
Que las mismas cumplen un importante papel en los barrios y localidades en donde desarrollan sus actividades, promoviendo el protagonismo de los vecinos y estimulando la participación y la convivencia entre los mismos, constituyéndose en espacios propicios para la generación de cultura democrática y la construcción de ciudadanía.
Que su accionar tiene además una dimensión económica ya que son fuente de trabajo e ingresos, motorizan las economías locales, incentivan la innovación y promueven la inclusión social
Que es imprescindible por lo tanto que desde el estado municipal se reconozca y valore estos espacios y se contribuya a su fortalecimiento.
Que encuentros de este tipo contribuyen a ese fortalecimiento al multiplicar la articulación en redes y circuitos de intercambio entre las organizaciones culturales de los distintos distritos, potenciando la circulación de saberes, estéticas y prácticas entre las mismas.
Que la construcción de estos lazos redundará en un mejoramiento del entramado social en un amplio sector del conurbano bonaerense del que Hurlingham forma parte.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCION

Art. 1°: Declarar de interés Municipal el Primer Encuentro de Cultura Comunitaria del Conurbano Oeste que se llevará a cabo en nuestro distrito, el sábado 22 y domingo 23 de septiembre.

Art. 2º: Invitar a la sociedad en su conjunto a participar de la convocatoria.

Art. 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

Art. 4°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintitrés días del mes de agosto de dos mil dieciocho.

REGISTRADA BAJO EL N° 086/18.

Ver sanción

Comments are closed.

Close Search Window