Resoluciones, Sanciones|

Cde. Expte. N° 17120/18 H.C.D.

VISTO:

El cambio de rubro del comercio ubicado en la calle Jorge Newbery a la altura 1344, que en la actualidad su razón social es “BRIXTON” de la localidad de Hurlingham, Y

CONSIDERANDO:

Que, el motivo de la solicitud de los vecinos es que, a raíz del cambio de dueño y rubro de dicho local, se alteró la convivencia con ruidos molestos y diversas situaciones anómalas a tal punto que se les ha vuelto y hace imposible descansar durante la noche en sus viviendas para seguir con su vida habitual durante la semana,

Que, por todo lo mencionaron, y ante la gravedad del caso un grupo de vecinos se organizaron para solicitar un pedido de informe, sobre la habilitación y el rubro de este local comercial,

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCIÓN

Art. 1°: Se solicita al Tribunal de Faltas N° 1 y a la Dirección General de Habilitaciones del Partido de Hurlingham, informen sobre los siguientes temas en relación al comercio “BRIXTON”, sito en la calle Jorge Newbery a la altura 1344 de la localidad de Hurlingham:

Con qué tipo de habilitación cuenta el mismo al día de la fecha.
Bajo qué rubro solicitaron la habilitación del local sito en Jorge Newbery 1344 de Hurlingham, el terreno adjunto.
Se nos informe si en la zona de la localidad de Hurlingham, se permiten instalar esos tipos de rubros comerciales.

Art. 2°: El presente pedido de informe, deberá ser respondido dentro de los próximos quince (15) días hábiles de haber sido comunicado al Juzgado de Faltas N° 1 y a la Dirección General de Habilitaciones.

Art. 3°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintidós días del mes de noviembre de dos mil dieciocho.

REGISTRADA BAJO EL N° 142/18.

Ver sanción

Comments are closed.

Close Search Window