Cde. Expte. N° 17285/19 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a eximir del pago de las obligaciones que la Ordenanza Fiscal e impositiva impone respecto de la Tasa por Servicios de Inspección de Seguridad e Higiene en los siguientes supuestos:
- A los contribuyentes que se desempeñen en el rubro Panaderías y Afines que adhieran a un programa de protección comercial que tenga como eje la reducción del precio de adquisición del Pan por parte del ciudadano de Hurlingham.
- A los contribuyentes que se desempeñen en el rubro Librería y Articulares que se inscriban en un programa de protección que tenga como objeto la reducción del precio de adquisición de kit de útiles escolares por parte del ciudadano de Hurlingham
- A los contribuyentes cuya actividad comercial se haya visto afectada por la ejecución de la obra pública denominada “centro comercial cielo abierto – calle Gral. Conrado Villegas de la localidad de William Morris” por el lapso máximo de 2 (dos) bimestres.
Art. 2°: Facúltese al Departamento Ejecutivo a conformar, denominar, promover, reglamentar y suscribir con los contribuyentes del municipio de Hurlingham alcanzados por los supuestos establecidos en el artículo anterior los programas de protección y/o promoción comercial que deberán ajustarse, en cuanto a su ámbito personal, material y temporal de aplicación, a lo dispuesto en la presente ordenanza y que resulten necesarios para la implementación de la presente ordenanza.
Art. 3°: El Departamento Ejecutivo, por intermedio de la Secretaría de Hacienda y Producción, tramitará las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a las acciones dispuestas por los programas autorizados, según las previsiones conferidas en el Presupuesto General del Ejercicio Financiero del año en curso.
Art. 4°:Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil diecinueve.
REGISTRADA BAJO EL N° 8931.