Decretos, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 17350/19  H.C.D.

VISTO:

            Los artículos 48° y 49°, en su inciso 3°, del Reglamento Interno de este Honorable Concejo Deliberante, Y

CONSIDERANDO:

            Que, existen expedientes que requieren de tratamiento por parte de este  H.C.D. antes de dar por finalizado el presente año de labor legislativa,

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA

DECRETO

Art. 1º:Prorrógase el período de Sesiones Ordinarias por el término de 30 (treinta) días, según lo establecido en el Inc. 3) del artículo 68 del Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) e inciso 3° del artículo 49 del Reglamento Interno de este Honorable Concejo Deliberante.

Art. 2°:Facúltase a la Presidencia de este Honorable Cuerpo a establecer el o los días de Sesión a desarrollarse durante el período de prórroga establecido, en función de lo dispuesto en el artículo primero.

Art. 3°: Regístrese, Comuníquese y Archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiséisdías del mes de noviembre de dos mil diecinueve.

REGISTRADA BAJO EL N°004/19.

Ver sanción

Comments are closed.

Close Search Window