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Cde. Expte. Nº 0623/96 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCION

Art. 1º: Gírase al D.E. el Expte. Nº 0623/96 H.C.D. (4133-96-5333 D.E.), para que se verifique, si se han realizado las mejoras de fs. 7 y 7 vlta. En caso de no haberse cumplimentado dichas obras, el D.E. intimará a realizar las mismas en un plazo de 90 días de acuerdo a las normas vigentes. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.

Art. 2º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de junio de mil novecientos noventa y siete.

REGISTRADA BAJO EL Nº 072/97.

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