Cde. Expte. Nº 0623/96 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: Gírase al D.E. el Expte. Nº 0623/96 H.C.D. (4133-96-5333 D.E.), para que se verifique, si se han realizado las mejoras de fs. 7 y 7 vlta. En caso de no haberse cumplimentado dichas obras, el D.E. intimará a realizar las mismas en un plazo de 90 días de acuerdo a las normas vigentes. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de junio de mil novecientos noventa y siete.
REGISTRADA BAJO EL Nº 072/97.