Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 17581/21 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA PREPARATORIA

Art. 1º: Convalidase el Decreto Nº 623/2020, por el cual la Municipalidad de Hurlingham se adhiere al Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal.

Art. 2º:Autorizase la reprogramación dela deuda municipal generada por la suma de $68.000.000,00 (Pesos Sesenta y Ocho Millones con 00/100).

Art. 3º: La reprogramación autorizada en el Art. 2º precedente, tendrá las siguientes condiciones financieras:

  1. Total de la deuda municipal alcanzada: $ 68.000.000,00
  2. Plazo de gracia: hasta el 31/12/2020
  3. Plazo de devolución, valor y periodicidad de las cuotas: 18 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, pagaderas a partir del mes de Enero 2021
  4. Medio de pago y garantía: los recursos que le corresponde percibir al municipio, en virtud del régimen de coparticipación municipal de impuestos establecidos por Ley Nº 10559, modificatorias y complementarias, o el régimen que en futuro lo sustituya o reemplace.

Art. 4º: Aféctense, en favor de la Provincia de Buenos Aires los recursos que le correspondan percibir al municipio, en virtud del régimen de coparticipación municipal de impuestos establecidos por Ley Nº 10559, modificatorias y complementarias, o el régimen que en el futuro lo sustituya o reemplace, como medio de pago y garantía de la deuda reprogramada.

Art. 5º: El D.E. preverá en los presupuestos futuros las partidas necesarias para atender la cancelación total de la programación de deudas municipales generada en el marco del Decreto Nº 264/20.

Art. 6º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en sesión extraordinaria, a los veinte días del mes de enero de dos mil veintiuno.

REGISTRADA BAJO EL N° 001/21.

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