Decretos, Sanciones|

Cde. Expte. N° 18213/24 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
 DECRETO

Art. 1º: Establécese que las Sesiones Ordinarias del Honorable Concejo Deliberante se realizarán el cuarto miércoles de cada mes, a las 10,00 hs., correspondiente al 29° período ordinario, conforme lo establecido en el Art. 68, Inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Art. 2º: Regístrese, comuníquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en la Municipalidad de Hurlingham, a los nueve días del mes de marzo de dos mil veinticuatro.

REGISTRADO BAJO EL N° 001/24.

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