Decretos, Sanciones|

Cde. Expte. N° 18237/24 H.C.D.

 Solicitud por obras paralizadas

VISTO:
 La Ley de Obras Públicas 6.021 y Ley Orgánica de las Municipalidades 6769/58;          

CONSIDERANDO:
Que la realización de obras de infraestructura resulta un elemento de vital importancia para el desarrollo de nuestra ciudad, en cuanto satisface intereses comunitarios, propende al mejoramiento de la economía local y mejora la calidad de vida;

Que los efectos positivos de las obras no se advierten exclusivamente en su realización, sino que inducen efectos indirectos positivos como la generación de empleo y el desarrollo de comercios locales;

Que el Estado, en cualquiera de sus niveles, resulta un actor determinante para el impulso de estas obras a través de su financiamiento y el control de su ejecución, mientas que el sector privado, por su parte, puede disponer de un conjunto de recursos físicos especializados que permite la realización de estas obras, produciendo todo lo anterior una virtuosa sinergia público-privada;

Que en el Municipio de Hurlingham se encontraban proyectadas un conjunto de obras, con el financiamiento aprobado por distintos entes nacionales, que son vitales para el desarrollo del Partido y la satisfacción de derechos de los sectores más vulnerables de nuestra población, como el caso de Casa Activa PAMI, Hospital PAMI Hurlingham, Corredor Kiernan, Corredor Valencia-Gorriti, Polideportivo Villa Tesei, Gimnasio del Polideportivo de Hurlingham, Zoonosis, Plaza 8 de marzo, Planta tratamiento Barrio PROCREAR, Plan de erradicación de calles tierra, Obras en clubes, Programa A+ T y C+T de conexiones domiciliarias de AySA;

Que asimismo se encontraban presentadas con código SIPPE desde el año 2022 la obra hidráulica en cuenca Tambo Nuevo, la obra hidráulica en cuenca Parque Johnston y el paso bajo nivel de O Brien, sobre las que aún no se ha comprometido el financiamiento para su realización;

Que estas obras resultan ser de una envergadura tal en lo que refiere a la movilización de recursos, que en la mayor parte de los casos resultan imposibles de ser financiadas por el Estado municipal;

Que debido al nivel de incertidumbre que atraviesa el país en lo que refiere a estimación de costos y redeterminaciones la totalidad de las obras fueron paralizadas, en particular durante los meses de septiembre y octubre de 2023;

Que la situación descrita anteriormente no es exclusiva de este Municipio, sino que se replica en todo el país, pese a las particularidades propias de cada lugar;

Que como representantes de los vecinos y vecinas de Hurlingham es pertinente que realicemos una solicitud a las distintas áreas correspondientes del gobierno nacional, a fin de que arbitren los medios necesarios para la conclusión de las obras paralizadas y aprueben las que todavía no recibieron su financiamiento.

 POR ELLO:

 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
 DECRETO

Art. 1°: Solicitar al Ministerio de Economía de la Nación, PAMI y la Secretaría de Integración Social y Urbana, que arbitren todos los medios necesarios para la conclusión de las obras paralizadas en el distrito durante el año 2023, así como también aprueben el financiamiento para los proyectos pendientes de aprobación.

Art. 2°:  Autorizar al Presidente de este Cuerpo a remitir las notificaciones correspondientes a cada uno de los entes mencionados en el artículo primero.

Art. 3°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintisiete días del mes de marzo de dos mil veinticuatro.

REGISTRADO BAJO EL N° 004/24.

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