Cde. Expte. Nº 2471/98 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
DECRETO
Art. 1º: Deniégase la solicitud efectuada por los representantes de la Asoc. Civil y Religiosa “ILE ASE OSUM DOYO” a fs. 1, según constancias obrantes a fs. 17 de las presentes actuaciones.
Art. 2º: Por Secretaría del H.C.D. se notificará a los peticionantes de lo dispuesto en el artículo anterior.
Art. 3º: Regístrese, comuníquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.
REGISTRADO BAJO EL Nº 0132/98.