Cde. Expte. Nº 1456/97 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
DECRETO
Art. 1º: Deniégase la solicitud efectuada por el Sr. José Luis Ventre, tramitada por Expte Nº 1456/97 H.C.D. (4133-97-2729 D.E.), en virtud de las constancias obrantes en las presentes actuaciones.
Art. 2º: Por Secretaría del H.C.D. se notificará al recurrente de lo dispuesto en el artículo anterior.
Art. 3º: Notificado el recurrente, gírese al D.E. para que a través del organismo competente verifique que no exista construcción y/o utilización del lugar como galpón; de ser así, procederá a su inmediata clausura, debiendo informar de ello a éste Honorable Cuerpo.
Art. 4º: Regístrese, comuníquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
REGISTRADO BAJO EL Nº 0154/98.