Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 1984/98 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase a la Empresa EDENOR a la Obra Construcción Plataforma Standard Estudio MO-97207- Encargo E-60232-MO-Partido de Hurlingham, indicada en el Plano que figura a fs. 2 a 4, según consta en el Expediente Nº 4133-97-4358.

Art. 2º: La Empresa EDENOR S.A. de acuerdo a Nota del ENRE-ENTE REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD Nº 13004 se encuentra exenta del pago de tasas, contribuciones o cauciones, según lo expresa el Artículo 34 del Contrato de Concesión.

Art. 3º: La Empresa Contratista deberá constituir una Póliza de Accidentes de Trabajo del personal involucrado y de Responsabilidad Civil.

Art. 4º: La ejecución de los trabajos deberá realizarse de acuerdo al Pliego de Bases y Especificaciones Técnicas para las obras de apertura de vía pública, que se encuentra a disposición de la Contratista en la Secretaría de Planeamiento Urbano, Obras y Servicios Públicos

Art. 5º: Para la ejecución de los trabajos se ha establecido un plazo de 60 (sesenta) días corridos.

Art. 6º: La supervisión de los trabajos estará a cargo de la Dirección de Servicios Públicos, para lo cual la Contratista deberá proveer durante todo el plazo de obra, de una movilidad para realizar las inspecciones.

Art. 7º: La empresa a través de un profesional responsable de los trabajos deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 5920 en lo que respecta a Aportes Previsionales, y el visado del colegio profesional correspondiente.

Art. 8º: La Empresa contratista deberá dividir dicha obra en distintas etapas, las cuales serán comunicadas a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos. Cada vez que se finalice una etapa, Servicios Públicos verificará el total cumplimiento de la misma, y que el lugar ha quedado en perfectas condiciones, hecho esto recién se podrá continuar con la etapa siguiente.

Art. 9º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticuatro días del mes de abril de mil novecientos noventa y ocho.

REGISTRADA BAJO EL Nº 0541.

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