Cde. Expte. Nº 0445/96 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Autorízase al D.E. a conceder habilitación provisoria a favor de la Sra. María Isabel Kamú, D.N.I. 3.950.340, para la instalación de un kiosco en su domicilio particular sito en Barrio INTA, entre Desaguadero y Génova, Casa Nº 5.
Art. 2º: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga en carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 0445/96 H.C.D., (4133-96-3515 D.E.).
Art. 3º: Exímese a la Sra. María Isabel Kamú del pago de los derechos de habilitación y de la tasa de Seguridad e Higiene correspondiente al año 1998, que le correspondan a la actividad cuya habilitación se solicita.
Art. 4º: Autorízase al D.E. a dar cumplimiento mediante declaración jurada a lo dispuesto por las normas impositivas provinciales y nacionales.
Art. 5º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0811.