Cde. Expte. Nº 1300/97 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza Nº 0589 que quedará redactado de la siguiente forma:
Art. 1º: El D.E. procederá a conceder habilitación comercial a favor de la Sra. Livia Ester Miranda de González, D.N.I. 7.424.980, en la explotación del rubro Pinturería, del local sito en la calle Bolívar 1303 esquina Vergara de la localidad de Hurlingham.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0814.