Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 1778/97 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase al D.E. a conceder habilitación comercial provisoria a favor del Sr. Alfredo Moreno, D.N.I. 6.687.774, en la explotación del rubro “kiosco”, en el domicilio Isabel del Maestro 2340, de la Localidad de William C. Morris.

Art. 2º: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 1778/97 H.C.D. (4133-97-3653 D.E.).

Art. 3º: La habilitación concedida por el Art. 1º, está condicionada al pertinente trámite y pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 días de la notificación de la promulgación de la presente. Además, deberá cumplir para su habilitación definitiva todo lo que dictaminen las leyes nacionales, provinciales y municipales que en esta materia rigen.

Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar al peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 5º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

REGISTRADA BAJO EL Nº 0816.

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