Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 2673/98 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Declárase de Interés Social el emprendimiento de la Asociación “1º de Junio”, de implantar un conjunto integral de 153 viviendas en la parcela cuya denominación catastral es: Circ. IV, Secc. P, Manzana rural 391 d.

Art. 2º: Por lo señalado en el punto anterior se exime de las contribuciones por derechos de construcción y tasas de oficina.

Art. 3º: Se faculta al Departamento Ejecutivo para que apruebe los planos y otorgue el permiso de obra a la brevedad, en el marco que la Ley Nº 8912 prevé para conjuntos integrales urbanos; si el proyecto definitivo no diera cumplimiento al C.O.U. y N.R.C., vuelva a este H. Concejo Deliberante.

Art. 4º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

REGISTRADA BAJO EL Nº 0818.

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