Cde. Expte. Nº 2673/98 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Declárase de Interés Social el emprendimiento de la Asociación 1º de Junio, de implantar un conjunto integral de 153 viviendas en la parcela cuya denominación catastral es: Circ. IV, Secc. P, Manzana rural 391 d.
Art. 2º: Por lo señalado en el punto anterior se exime de las contribuciones por derechos de construcción y tasas de oficina.
Art. 3º: Se faculta al Departamento Ejecutivo para que apruebe los planos y otorgue el permiso de obra a la brevedad, en el marco que la Ley Nº 8912 prevé para conjuntos integrales urbanos; si el proyecto definitivo no diera cumplimiento al C.O.U. y N.R.C., vuelva a este H. Concejo Deliberante.
Art. 4º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0818.