Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 2974/98 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Aféctase a la fracción de terreno identificado catastralmente como Circ. IV, Secc. P, Rural 391 A, ubicado sobre la calle José de Malarredo esquina Don Cristóbal, de la localidad de Santos Tesei para el desarrollo de un Proyecto Integral de Viviendas.

Art. 2º: Desaféctase de la zona RI de la limitación dispuesta por el Art. 3.1.1.0 de la Ordenanza Nº 10.832/89 a la fracción de 23.153 m² cuyos datos catastrales se enunciaron en el Art. 1º de la presente según croquis que se adjunta como Anexo 1 formando parte de esta Ordenanza.

Art. 3º: Desígnase al predio detallado en los Arts. 1 y 2 como sector de Urbanización Especial Ueb2 (Urbanización especial barrio 2) acordándosele al mismo la normativa correspondiente a la zona RI del Código de Ordenamiento Urbano salvo en lo que se detalla a continuación:

Densidad neta máxima 250 hab/ha.
Ancho mínimo por parcela 10 m
Retiro de frente 3 m

Todo ello por tratarse de un proyecto de carácter integral según lo establece el Art. 52 de la Ley 8912.

Art. 4º: En el predio mencionado en los Arts. 1 y 2, deberá cumplimentarse lo siguiente:

Los cercos que se ejecuten en los predios podrán ser:
a) Cerco de mampostería h menor o igual a 0,80 m.
b) Cerco de alambre tejido artístico y/o cerco vivo.
c) Combinación de las formas citadas.

Art. 5º: Deberá darse cumplimiento a las siguientes obras de infraestructura:

Energía eléctrica domiciliaria.
Alumbrado Público.
Desagüe pluvial.
Desagüe cloacal con tratamiento de efluentes.
Dotación de agua por sistema centralizado.

Art. 6º: Deberán formalizarse las cesiones de superficies destinadas a espacios verdes y de equipamiento comunitario así como las correspondientes a cesión calles, esto en cumplimiento al Art. 56 de la Ley 8912. Con el proyecto definitivo del Plan Integral, deberán adjuntar listado del censo poblacional a reubicar del Barrio Libertad para su aprobación en el H. Concejo Deliberante.

Art. 7º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

REGISTRADA BAJO EL Nº 0826.

Ver sanción

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