Cde. Expte. Nº 2870/98 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: El Sr. Intendente, a través de los organismos competentes, se dirigirá a la Dirección Provincial de Mediación, Prevención y Control de Gestión Provincial, dependiente del Ministerio de Salud y Acción Social de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de que el mencionado organismo, y ante las denuncias de Mala Praxis en el ejercicio de la medicina, la misma eleve un informe y si corresponde tome intervención, sobre el funcionamiento de la Clínica Sagrado Corazón de Hurlingham.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0359/98.