Cde. Expte. Nº 0714/96 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
DECRETO
Art. 1º: Deniégase la solicitud efectuada por el Sr. Leonardo J. Bagnola, tramitada por Expte Nº 0714/96 H.C.D., (4133-96-5908 D.E.), en virtud de las constancias obrantes en las presentes actuaciones.
Art. 2º: Por Secretaría del H.C.D. se notificará al recurrente de lo dispuesto en el artículo anterior.
Art. 3º: Notificado el recurrente, gírese al D.E. para que a través del organismo competente verifique que el local en cuestión no esté funcionando; de ser así, procederá a su inmediata clausura, debiendo informar de ello a éste Honorable Cuerpo.
Art. 4º: Regístrese, comuníquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham a los catorce días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve.
REGISTRADO BAJO EL Nº 038/99.