Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 2839/98 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase al D.E. a incorporar al Dominio de la Municipalidad de Hurlingham el inmueble que se detalla a continuación:

a) Circ. IV – Secc. P – Mz. 265 – Parcela 18
Transferido al Dominio Municipal por Disposición Nº 3690 del 31/8/98 de la Dirección Provincial de Catastro Territorial.
Dimensiones y linderos según plano 101 – 117 – 53: 40,90 mts. de frente al SO lindando con calle Malarredo – 80,10 mts. en su costado NO lindando con parte fracción de campo letra E (hoy parcela 19 y fondos de las parcelas 22, 23, 24, 25 y 26) – 80,10 mts. en su costado al SE lindando con parte fracción de campo letra E (hoy parcela 17 y fondos de las parcelas 10, 11, 12, 13, 14 y 15 y parte de fondo parcela 9) – 40,90 mts. en su fondo al NE lindando con parte fracción de campo letra E (hoy fondos de las parcelas 3, 4, 5 y parte de costado de la parcela 27).
Superficie: 3210,00 metros cuadrados.

Art. 2º: Remítase al Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires la respectiva solicitud de inscripción a favor de esta Comuna, como también copia autenticada de esta Ordenanza, a efecto de dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes.

Art. 3º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham a los nueve días del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0827.

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