Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 3829/99 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase al D.E. a registrar y/o aprobar los planos obrantes a fs. 17 del Expte. Nº 3829/99 H.C.D. referidos al emprendimiento ubicado en la calle Vasco Núñez de Balboa 527 de la localidad de Villa Tesei, Partido de Hurlingham.

Art. 2º: Autorízase al D.E. a conceder habilitación comercial a favor de Grabados S.H. (Sociedad de hecho), sita en la calle Vasco Núñez de Balboa 527 de la localidad de Villa Tesei, Partido de Hurlingham., en el rubro Diseño y Elaboración de Gravados y Fabricación de Matrices para Troquelados.

Art. 3º: Lo dispuesto en los artículos anteriores se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 3742/99 H.C.D.

Art. 4º: El D.E. requerirá a la Empresa el cumplimiento de la normativa vigente en materia ambiental de la provincia de Buenos Aires, Ley 11.459.

Art. 5º: La habilitación concedida en el Art. 2º, queda condicionada al pertinente trámite y pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días posteriores al cumplimiento de los requisitos establecidos por el D.E. en el marco de lo dispuesto por el Art. 4º de la presente. En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos que confiere la presente.

Art. 6º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar al peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 7º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham a los veinticuatro días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y nueve.

REGISTRADA BAJO EL Nº 1033.

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