Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 3978/99 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase al Sr. Matías Luis Magistocchi, D.N.I. 24.361.581, a instalar un juego de metegol en el local ubicado en la Av. Vergara 1062/66, de la localidad de Hurlingham.

Art. 2º: La autorización concedida está sujeta al cumplimiento de las normas reglamentarias que rigen para las instituciones (clubes, Sociedades de Fomento, etc.), que tienen permitida la instalación de metegoles. Deberá verificarse que el peticionante tenga la habilitación correspondiente y las tasas al día, caso contrario no tendrá validez la autorización conferida en la presente ordenanza.

Art. 3º: Lo dispuesto en el artículo 1º, se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 3978/99 H.C.D., (4133-99-6025 D.E.).

Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes procederá a notificar al peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 5º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los doce días del mes de julio de dos mil.

REGISTRADA BAJO EL Nº 1460.

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