Resoluciones, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 5010/00 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCION

Art. 1º: El D.E., a través de los organismos correspondientes, arbitrará los medios necesarios para realizar en el ámbito de nuestro distrito un relevamiento de los comercios que ocupan o usan espacio público y las infracciones que cometen a la norma.

Art. 2º: De acuerdo a lo que se desprenda de lo solicitado en el art. 1º, el D.E., informará a los infractores según las normas y los plazos previstos para la regularización de su situación.

Art. 3º: Una vez realizado lo anterior el D.E., dispondrá las medidas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones vigentes en la materia.

Art. 4º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los doce días del mes de julio de dos mil.

REGISTRADA BAJO EL Nº 0345/2000.

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