Decretos, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 6623/01 H.C.D.

VISTO:
La situación de los afiliados al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Y

CONSIDERANDO:
Que, los Jubilados y Pensionados beneficiarios del PAMI se encuentran atravesando una grave situación derivada de la presunción de desguazar esta institución,
Que, la misma también afecta a todos los empleados, pretendiendo con esta medida convertir en monopolio todo el sistema de salud, privando a nuestros mayores de atención médica y obra social,
Que, esto es un nuevo atropello a la clase trabajadora y pasiva, en un claro intento de no permitir que el pueblo argentino tenga medios de expresión, ya sea a través de las instituciones o a través de los derechos adquiridos por medio de su propia obra, lograda con el sacrificio de su trabajo, como es el PAMI,
Que, en consecuencia los genuinos representantes de la comunidad no podemos ser ajenos a la intensión de los personeros de las miltinacionales, de producir el desmenbramiento del INSSJP,
Que, por lo tanto este Honorable Cuerpo repudia enérgicamente la finalidad del desguace de la Obra Social de los Jubilados y Pensionados,

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

DECRETO

Art. 1º: El Presidente del Honorable Concejo Deliberante se dirigirá al Sr. Presidente de la Nación, Dr. Fernando de la Rúa, al Sr. Ministro de Economía, Dr. Domingo Cavallo, al Sr. Interventor del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Raúl Pistorio y a las Honorables Cámaras de la Nación a los efectos de manifestar el repudio a la medida de desguace y desocupación del PAMI (Prestaciones Asistenciales Médicas Integrales), conforme a lo expresado en el Visto y Considerando del presente.

Art. 2º: Comuníquese a todos los Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires, a los medios de Prensa Nacional y Distrital y gírese copia del presente a la Delegación PAMI Morón sucursal 29.

Art. 3º: Regístrese, comuníquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los trece días del mes de julio de dos mil uno.

REGISTRADO BAJO EL Nº 62/2001.

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