Decretos, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 7162/01 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

DECRETO

Art. 1°: La Sra. Presidente del Honorable Concejo Deliberante, se dirigirá a la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires, a efectos de constatar si la Provincia hará o no uso del terreno cedido por Ordenanza N° 12.026, promulgada por Decreto N° 146/92 del 01/92.

Art. 2°: Si la respuesta fuera negativa, procederá a aplicar el Art. 4° de la citada Ordenanza y a posterior procederá a ejecutar obras de parquización de dicho espacio público.

Art. 3°: Regístrese, comuníquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los cinco días del mes de diciembre de dos mil uno.

REGISTRADO BAJO EL N° 192/01.

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