Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 6346/01 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Modifícase el Art. 2º de la Ordenanza Nº 274, el que quedará redactado de la siguiente forma:

“Art. 2º: El Departamento Ejecutivo, a través del órgano correspondiente, conformará una comisión honoraria de estudio y asesoramiento en la elaboración del nomenclador a que se refiere el artículo 1º la que estará integrada por dos (2) funcionarios de las áreas específicas de la Intendencia, y cinco (5) Concejales designados por el Concejo Deliberante y tres (3) vecinos de este Municipio, con acreditada formación profesional, empírica o vocacional en la materia designados por el D.E.”

Art. 2°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los once días del mes de mayo de dos mil uno.

REGISTRADA BAJO EL Nº 1953.

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