Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 1813/97 H.C.D. y adjto.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Exímese al peticionante, Sr. Ricardo César Rojo, D.N.I. 5.083.398, del pago del 35 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida N° 24.764, según el monto que se desprende a fs. 42 y 43 del Expte. adjunto N° 1958/97 H.C.D., (4133-97-4530 D.E.). Si el peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. Por el 65 % restante, el D.E. otorgará un amplio plan de pago que no exceda los plazos de la Ordenanza N° 1368 (Moratoria). Por la deuda de los años anteriores se la encuadrará dentro de la Ley 12.076 de acuerdo al informe obrante a fs. 42 de las presentes actuaciones.

Art. 2º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiséis días del mes de octubre de dos mil uno.

REGISTRADA BAJO EL Nº 2563.

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