Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 7066/01 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Exímese al peticionante, Sr. Julio Cesar Dumos, L.E. 6.772.007, del pago del 90 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida N° 511.475 por los años 1995, 1996, 1998, 1999, 2000 y 2001 respectivamente. Si el peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. Por el 10 % restante, el D.E. otorgará un amplio plan de pago que no exceda los plazos de la Ordenanza N° 2566 (Moratoria).

Art. 2º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintitrés días del mes de noviembre de dos mil uno.

REGISTRADA BAJO EL N° 2736.

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