Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 6130/01 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Convalídanse los Convenio suscriptos por esta Municipalidad con el Concejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires cuyas copias fieles obran a fojas 1 a 8 del expediente N° 6130/01 H.C.D., (4133-01-1233 D.E.).

Art. 2°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintitrés días del mes de noviembre de dos mil uno.

REGISTRADA BAJO EL N° 2745.

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