Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 7230/01 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Establécese el Presupuesto de Gastos del Honorable Concejo Deliberante en la suma de $860.000 (pesos ochocientos sesenta mil) para el ejercicio comprendido entre el 01 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2002.

Art. 2°: Apruébase la apertura de las Partidas del Presupuesto de Gastos del Honorable Concejo Deliberante, que figura como Anexo I, de la presente Ordenanza.

Art. 3°: Apruébase el Nomenclador de Gastos del Honorable Concejo Deliberante que figura en la planilla como Anexo II.

Art. 4°: Apruébase el Nomenclador General de Cargos del Personal del Honorable Concejo Deliberante que, como Anexo III, es parte integrante de la presente Ordenanza.

Art. 5°: Fíjase, el sueldo básico del Agente del Honorable Concejo Deliberante, categoría “D”, en la suma de $ 522,22 ( pesos quinientos veintidós con 22/100) .

Art. 6°: Establécese en 4,5 ( cuatro y medio) sueldos mínimos y básicos, la dieta de los señores Concejales, de acuerdo a lo establecido en el inc. d) del artículo 92 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley 6769/58), y conforme las constancias obrantes en el Expte. Nº 2139-446/96 del Poder Ejecutivo Provincial.

Art. 7°: El personal de la Planta Permanente del Honorable Concejo Deliberante, percibirá en concepto de antigüedad, igual porcentual que los agentes del D.E.

Art. 8°: Fíjase un adicional con aportes por Refrigerio de $12 (Pesos Doce), a todas las categorías hasta la de Secretario Administrativo inclusive.

Art. 9º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil uno.

REGISTRADA BAJO EL N° 2815.

Ver sanción

Comments are closed.

Close Search Window