Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 6505/01 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar a la peticionante, Sra. América Emiliana Díaz, D.N.I. 6.369.922, habilitación comercial para la explotación del rubro: “Kiosco”, en el domicilio calle Génova 2712/14 (ex 2981), entre calle Beethoven y Liszt, denominada catastralmente como: Circ. IV, Sección E, Manzana 318, Parcela 20, de la localidad de Hurlingham, Partido del mismo nombre.

Art. 2°: Exímese a la peticionante, Sra. América Emiliana Díaz, D.N.I. 6.369.922, de la presentación de planos del inmueble denominado catastralmente como: Circ. IV, Sección E, Manzana 318, Parcela 20, de la localidad de Hurlingham, Partido del mismo nombre.

Art. 3°: Lo dispuesto en los artículos 1° y 2° se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. 6505/01 H.C.D. (4133-01-2282 D.E.)

Art. 4º: La autorización concedida en el artículo 1º, está condicionada al pertinente trámite y pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 días de la notificación de la promulgación de la presente.

Art. 5°: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar al peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 6°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil uno.

REGISTRADA BAJO EL N° 2827.

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