Cde. Expte. Nº 8331/02 H.C.D.
VISTO:
La gran cantidad de robos de cables, medidores y metales dentro de nuestro Municipio, Y
CONSIDERANDO:
Que, el crecimiento delictivo se encuentra a la orden del día,
Que, los vecinos no pueden disfrutar de la tranquilidad socioeconómica, ni de los servicios que abonan rigurosamente a las empresas correspondientes,
Que, los Lugares donde se compra y vende ese tipo de material no sabemos si son licitas las actividades de los mismos.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
DECRETO
Art. 1°: El D.E., a través de los organismos competentes, y conjuntamente con las autoridades policiales de la Provincia de Buenos Aires, procederá a un operativo de inspección e informe de lugares donde se celebren actos de compra-venta de metales en locales y/o terrenos y/o comercios y/o depósitos, responde a los requisitos legales pertinentes a ese rubro.
Art. 2°: Cumplido el Art. 1°, se sancionará conforme a las normas vigentes, donde se detecten irregularidades relacionadas con el rubro.
Art. 3°: Si de los informes producidos por los respectivos relevamientos de las inspecciones surgieran hechos o datos ilegales, el D.E. dará conocimiento a las autoridades o al Poder Judicial en forma inmediata, si correspondiere.
Art. 4°: Regístrese, comuníquese al D.E. y archívese.
Dada la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham a los trece días del mes de septiembre de dos mil dos.
REGISTRADO BAJO EL N° 138/02.