Cde. Expte. Nº 6860/01 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar al peticionante, Sr. Gregorio Zyska, D.N.I. 92.007.777, un plazo de 24 meses, a partir de la promulgación de la presente, para proceder a la demolición de la casa premoldeada sita en la calle Malaspina N° 2995, esquina Sgto. Farina N° 2694, identificada catastralmente como: Circ. IV, Sección E, Chacra 4, Manzana 4q, Parcela 22 de la localidad de W. C. Morris, Partido de Hurlingham, según constancias obrantes en el Expte. N° 6860/01 H.C.D., (4133-01-3087 D.E.).
Art. 2°: Derógase la Ordenanza N° 2848.
Art. 3°: Comuníquese al D.E.
Dada la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham a los nueve días del mes de agosto de dos mil dos.
REGISTRADA BAJO EL N° 3079.