Cde. Expte. Nº 7150/01 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Modifícase el Art. 1° de la Ordenanza N° 2840 del veintiuno de diciembre de dos mil uno, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
Autorízase al Departamento Ejecutivo a declarar mediante escritura pública operada la prescripción adquisitiva por parte de la Municipalidad de Hurlingham, y su correspondiente afectación al uso público respecto de la media calle y ochavas relevadas en el plano de Mensura aprobado el veintisiete de agosto de mil novecientos noventa y nueve, con el N° 135-17-99, según constancias obrantes en el expediente N° 7150/01 H.C.D., (Morón 4079-90278-91 D.E.) en los términos de la Ley N° 24320.
Art. 2°: Inclúyase dentro de la Ordenanza N° 2840 del veintiuno de diciembre de dos mil uno, la desafectación al uso público del espacio ya cedido con destino a media calle y ochavas por plano N° 101-823-49.
Art. 3: Comuníquese al D.E.
Dada la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham a los veintitrés días del mes de agosto de dos mil dos.
REGISTRADA BAJO EL N° 3122.