Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. N° 7982/02 H.C.D. y adjto.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Prorrógase por el término de 90 (noventa) días corridos, la Ordenanza N° 2814, a partir de su fecha de vencimiento.

Art. 2°: Comuníquese al D.E.

Dada la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham a los veintitrés días del mes de agosto de dos mil dos.

REGISTRADA BAJO EL N° 3123.

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