Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 6759/01 H.C.D.

EL HONORABLE CONDEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase al D.E. a conceder habilitación comercial a favor de la Sra. Idalina Doldan Alderete, D.N.I. 92.115.564, para la explotación del rubro “Despensa, Fiambrería, Productos Lácteos, Huevos, Arts. de Limpieza, Carbón Envasado, Kiosco, Bebidas Envasadas Sin Alcohol, Helados” en el local sito en la calle Bocayuva Nº 260, de la localidad de Hurlingham.

Art. 2º: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 6759/01 H.C.D., (4133-00-6682 D.E.).

Art. 3º: La habilitación concedida por el artículo 1º, está condicionada al pertinente trámite y pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 días de la notificación de la promulgación de la presente. Además deberá cumplimentar lo indicado a fs. 18 y 26 del Expte. Nº 6759/01 H.C.D., (4133-00-6682 D.E.).

Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a la peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 5º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los once días del mes de noviembre de dos mil dos.

REGISTRADA BAJO EL N° 3263.

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