Resoluciones, Sanciones|

Cde. Expte. N° 7673/02 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCION

Art. 1º: El D.E. a través de los organismos competentes arbitrará los medios necesarios a fin de implementar acciones destinadas a la participación activa de los padres, niños y docentes, en la vida artística, recreativa y de esparcimiento en todas aquellas actividades que desempeñan las instituciones educativas que dependan de la Secretaría de Desarrollo Social y Educación.

Art. 2°: Las acciones a desarrollar pueden ser, entre otras:
*Talleres de construcción y obras de títeres.
*Talleres de construcción de juguetes para estimulación y didácticos, con la intervención
de niños, docentes y padres.
*Publicación de un boletín o similar con las producciones de los niños y conclusiones de
los talleres.

Art. 3º: Comuníquese al D.E.

Dada la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham a los veintiséis días del mes de abril de dos mil dos.

REGISTRADA BAJO EL N° 075/02.

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